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  • ¿Quiénes somos?

    ¡Colégiate! Persona Física

    Modalidades de colegiación

    • En ejercicio libre de la profesión

      Esta modalidad de colegiación es la adecuada para todos aquellos profesionales graduados sociales que se dedican a asesorar, gestionar trámites y representar a terceros -clientes, ya sean particulares o empresas- ante los diferentes Organismos. El marco en el que desarrollan sus funciones puede adoptar la forma de Persona Física o la de Persona Jurídica -cuando se trata de una Sociedad Profesional-.

    • En ejercicio al servicio de una empresa

      En esta modalidad deben incluirse todos aquellos graduados sociales que están desarrollando sus funciones profesionales dentro de una sóla empresa, realizando las tareas o gestiones propias de su profesión dentro del Departamento de Recursos Humanos de la misma.

    • Sin ejercicio de la profesión

      Esta modalidad es la adecuada para aquellos graduados sociales que en el momento de su colegiación no ejercen ninguna actividad propia de la profesión de graduado social, pero que no obstante desean estar colegiados. Si bien, en esta modalidad, disfrutan de los servicios del Colegio como son: Formación -cursos y seminarios-, las diferentes publicaciones, acceso a nuestra Web y Biblioteca colegial.

    Tríptico informativo Servicios colegiales

    Normas para solicitar la colegiación

    Presentación de los siguientes documentos:

    • Certificado de la Escuela de Relaciones Laborales o de la Universidad en la que ha cursado sus estudios, acreditativo de hallarse en posesión del Título de Graduado Social, Diplomado en Relaciones Laborales o Grado en Relaciones Laborales, tal como establece el artículo 3 (“Ámbito profesional”) de los Estatutos del Colegio de Graduados Sociales de Barcelona. Este certificado puede sustituirse por fotocopia compulsada del Título.
    • Una fotografía tamaño carnet.
    • Certificado Empresa (sólo para la modalidad "En ejercicio al servicio de una empresa").
    • Seguro de Responsabilidad Civil, tal como establece el artículo 30.l (“Deberes de los colegiados”) de los Estatutos del Colegio de Graduados Sociales de Barcelona.
    • Alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia/Autónomos o Alta en el Régimen General.
    • En el caso de estar de alta en el RETA, será necesario presentar el Alta de Declaración Censal: Modelo -036- Personas Jurídicas o -037- Personas Físicas.

    Recibos Colegiales

    Para el cobro de los recibos del ICGSBGLL, la Secretaría facilitará el documento/mandato SEPA para la domiciliación en la cuenta bancaria deseada, junto con los datos del titular.

    Habilitación

    El apartado K) del artículo primero de la Orden del Ministerio de Trabajo de 28 de agosto de 1970, dispone que puede ejercerse la Habilitación de las Empresas, trabajadores o derechohabientes en orden a la percepción de toda clase de beneficios económicos otorgados por la legislación social-laboral, Seguridad Social, empleo y migraciones, conforme a las Normas que contiene la Orden del Ministerio de Trabajo de 29 de mayo de 1958, debiéndose constituir una fianza complementaria.